Clasificación: Otro

Resumen (No puede superar diez lineas: A pesar de correr tiempos más que difíciles para vivir de nuestra profesión, tenemos la posibilidad de cambiar nuestra realidad y nuestro futuro. Tenemos la capacidad de autorregular la abogacía y eso es básico porque sin modificar una norma arcaica que no se ajusta a nuestra realidad y sobre todo que no respeta en cuestiones tan esenciales como la elección por todos y cada uno de los abogaos de España, de forma democrática de nuestros representantes en consejos autonómicos y en el mismo CGAE. La constitución de 1978 incluyo en su artículo 36 el funcionamiento democrático de los colegios profesionales y no debemos retroceder en ello, los colegios profesionales no pueden ser dirigidos como empresas particulares al servicio de las Juntas de Gobierno de los colegios profesionales, ni utilizados para cuestiones que no obedezcan estrictamente a sus fines. En mi opinión es absolutamente necesaria una reforma Integral del estatuto general de la abogacía española, que regule una organización democrática que responda exclusivamente a los fines para los que en previsión de la ley de colegios profesionales del estado se han ido constituyendo.

Texto de la ponencia. (No más de 5000 caracteres): Los colegios profesionales pueden parecerle a muchos compañeros incensarios y a otros muchos más un obstáculo, que no es más que un peaje para el ejercicio de la abogacía. La realidad actual de los 83 colegios de abogados es muy distinta, pero la realidad de los colegios de abogados más numerosos, de los consejos autonómicos y del CGAE, ha ido surgiendo una nueva clase dentro de la abogacía, que es la llamada abogacía institucional. Muchos de los ahora ocupan cargos en las juntas de gobierno de nuestros colegios profesionales parecen haberse olvidado que han sido electos para representar a sus compañeros y se han autodenominado abogacía institucional, para diferenciarse de todos aquellos a quienes representan, ¿ Tiene esto algún sentido?.
Creo que este congreso debe servir para plantearnos las acciones que en defensa de la profesión se han llevado o no cabo por nuestras corporaciones, no olvidemos corporaciones de derecho público financiados estrictamente con aportaciones de los colegiados, sea vía cuotas colegiales o vía formación o servicios que se ofrecen a las personas colegiadas.
Mi experiencia como persona colegiada del ICAB, ha sido decepcionante y dolorosa y tengo que decir que considero que mi colegio no es democrático y por ello no me siento en absoluto orgullosa de ser miembro de este colegio, aunque no por considero que el colegio sea innecesario ni inútil, todo lo contrario es absolutamente imprescindible para nuestra defensa ante los poderes públicos, entre nosotros mismos y ante la ciudadanía, porque el que ejerce la abogacía sea por cuenta ajena o propia, en un despacho más pequeño o más grande, esta realmente sólo en una jungla en la que muchos acaban por no sobrevivir.
No puedo entender como en primer lugar en el único órgano que representa a toda la abogacía no existe una norma democrática que nos permita votar como personas colegiadas, ya que la democracia o es directa o no es, y no me sirve la excusa de que ya votan por nosotros aquellos que se elegimos, porque la experiencia me ha demostrado, que el Decano/a por lo menos en mi colegio no somete esta cuestión a la consideración de sus colegiados.
La democracia y la ley es lo único que puede dar sentido a nuestros colegios de abogados no puedo concebir por más tiempo la existencia de colegios profesionales como el mío, en el únicamente se convoca una asamblea ordinaria al año, donde se somete a la aprobación de las personas colegiadas unos presupuestos en los que se gestionan más de 11 millones de euros, de forma que 8 millones se destinan a personal, cuando sólo tenemos 200 empleados y la mayoría cobra sueldos muy ajustados, pero al existir numerosos jefes de departamentos que cobran pluses incluso de beneficios, discriminando a unos trabajadores de otros y a pesar de que una corporación de derecho público no pueden existir beneficios, porque todo debe revertir en el beneficio de las personas colegiadas, no es una empresa y no pueden generarse beneficios para nadie. Hemos tenido una directora gerente igual que en otros colegios, parece que esto es habitual, que ha estado cobrando de entre 100.000 Y 120.000 euros anuales y tuvimos una coordinadora del turno de oficio que cobro un año un plus de 80.000 euros. ¿Puede tolerarse que mientras muchos compañeros no cobran las míseras retribuciones del turno de oficio sostengamos y paguemos con nuestras cuotas colegiales este tipo de cargos, que para mí si son del todo incensarios.
La única asamblea ordinaria que se convoca al año se suele convocar un día laborable a las 13.00, cuando muchos compañeros están en el juzgado y muchas veces nos convocan el día del sorteo de navidad, los presupuestos y la gestión de la junta de gobierno suele aprobarse con los votos a mano alzada, contados a ojo por el personal del colegio, de los que mayoritariamente son empleados del ICAB o colaboradores que van a rendir pleitesía a los miembros de la junta de gobierno. Casi nadie interviene, pero aun así limitan las intervenciones a 3 en contra y 3 a favor, y muchos compañeros se han quedado en ocasiones sin poder intervenir. Es un espectáculo bochornoso y triste muy triste en el que sólo se observa la ausencia de los colegiados, que somos el nicho de negocio y los paganos, y así se aprueban partidas que son el sustento millonario de muchos y donde reina el clientelismo y ninguna transparencia existe de los contratos de la corporación y de la externalización de servicios entre otras cosas, entiendo porque la abogacía institucional, se diferencia de aquellos a quienes representa y es nos encontramos con instituciones que lejos de ser democráticas son más propias del feudalismo que una democracia propia de nuestros días.
Con motivo de la intervención de algunos de los miembros de la comisión de defensa y libre ejercicio de la abogacía, como la que fue muchos su presidenta, que vendieron a la Generalitat las ideas de privatizar el turno de oficio participando en el famoso libro verde de la administración de justicia, donde se puso por escrito la posibilidad de privatizar el turno de oficio, de crear un cuerpo de funcionarios públicos, o un hibrido llamado consorcio, que era una medio privatización, la excusa era el mal servicio que se daba y la falta de preparación de los abogados del turno de oficio, en este documento además participo Jordi Pina, que más tarde fue diputado responsable del turno de oficio del ICAB y que hoy es vicedecano, a pesar de no haber prestado nunca servicios para el turno de oficio y de ser conocido por ser socio del despacho Roca Junyent. También participo Miquel Puiggali coordinador del turno de oficio del ICAB y posteriormente del CICAC.
Hay que decir también que en numerosas ocasiones los módulos del turno de oficio se han negociado en reuniones a los que no han asistido miembros de las juntas de gobierno de los colegios de abogados de Cataluña y asistido la gerente o el coordinador Miquel Puiggali, que no han sido electos por los colegiados. Esta es la representación que hemos tenido hasta la fecha y por tanto nada de lo que nos acontece como colectivo en un carrera desenfrenada con el único objetivo de hacer desaparecer de la abogacía a la clase obrera que pudo acceder al ejercicio de la abogacía y es que la llamada abogacía institucional, parece que entiende que la abogacía es un privilegio que debe ser reservado sólo a unos pocos elegidos.
Por último no puedo dejar de explicaros que recientemente el Tribunal Supremo me ha dado la razón junto a otros compañeros, al denunciar la violación de mis derechos fundamentales por la adhesión por parte del ex Decano Oriol Rusca al pacto nacional por el derecho a decidir y es que el colegio de abogados de Barcelona, lejos de unir a sus colegiados a través de su comisión de defensa y de algunos de sus miembros de la junta de Gobierno, excediéndose de sus fines ha opinado por todos colegiados sobre las ley de transitoriedad jurídica, las detenciones de nuestros políticos y el juicio por el proceso entre otras muchas cosas, pero lamentablemente siguiendo con la hoja de ruta e involucrando a todo el colegio, no sólo se opina por todos los colegiados de cuestiones ajenas a la profesión sino que se nos adhiere a u pacto por un derecho a decidir que no existe y que pretende excluir a la mayoría de los españoles de decidir sobre nuestro futuro y como no podía ser de otra manera el Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad de tal adhesión y la violación de los derechos fundamentales a la libertad ideológica, a la libertad de expresión y de asociación art 16, 20.1 y 22.
Esta es una exposición personalizada de algunas de mis vivencias sólo pretendo que sirvan de reflexión para someter a vuestra consideración la necesidad de reformar la norma que autorregula nuestra profesión el estatuto general de la abogacía.

Propuesta de acuerdo: Mi propuesta de acuerdos es la que se proponga una Reforma Integral del Estatuto General de la abogacía Española que contemple al menos las propuestas básicas que se exponen a continuación:
Algunas propuestas Básicas de Reforma Integral:
Debemos partir de una normativa única para toda España, la normativa que regula nuestra profesión debe ser única y la misma en toda España, tener 17 normas diferentes, sólo nos ha traído una injusta desigualdad que ha traído más precariedad y desunión en la profesión.
Por eso entiendo que debería hacerse un nuevo estatuto que dispusiese con claridad que el Estatuto de la Abogacía Española se aplica en toda España, no pueden existir regulaciones deontológicas distintas en cada comunidad autónoma y se debe regular expresamente la sumisión de los consejos autonómicos al estatuto general de la abogacía española y la prohibición expresa de dictar normas auto reguladoras de la profesión distintas a las establecidas en el estatuto general de la abogacía española.

1- La presidencia y la composición del CGAE consejeros, que no sean decanos/a que deben ser nombrados consejeros sólo mientras estén en el ejercicio de sus cargos, para garantizar la representación de los colegios profesionales en el consejo deben ser elegidos por todos los Colegiados de España mediante un sistema transparente y democrático, que límite el gasto electoral y que garantice a todos los candidatos las mismas posibilidades de resultar electos. Debe articularse un detallado y minucioso sistema electoral
2- Todos los colegiados deben tener derecho a saber cuántos empleados tiene su colegios profesional, que cargo tiene que cobran y desde luego los presupuestos deben acompañarse de la documental oportuna, facturas presupuestos etc… Para que las personas colegiadas podamos realizar un control presupuestario de nuestras corporaciones, como procede.
3-Los colegios de abogados deben someterse a la legislación administrativa de contratación, de forma que se evite la contratación a dedo de miembros de juntas de gobierno o de amistades para dar clases en las escuelas de práctica jurídica, masters etc…Debemos someternos a criterios transparentes y a normas de contratación pública aun cuando las relaciones laborales sean particulares o se rijan por el derecho civil o mercantil. La contratación de personal, de colaboradores y cualquier contratación deben ser transparente y regirse por igualdad de oportunidades para todos los colegiados si entre nosotros o entre todos los ciudadanos, cuando sean servicios ajenos a la abogacía.
3- Los cargos de la Junta de Gobierno deben ser retribuidos justamente, la dedicación a la junta de gobierno debe retribuirse adecuadamente para garantizar que todos los colegiados puedan optar a esos cargos y dedicarse como proceda. Lo contrario hasta el momento sólo ha dado lugar a prácticas clientelares que a nada positivo nos han llevado.
4- La consecuencia de que un tribunal considere que un colegio profesional viole derechos fundamentales de las personas colegiadas debe implicar la dimisión inmediata de los miembros de la Junta de Gobierno responsables y la exigencia de responsabilidades deontológicas y civiles a los que violen los derechos fundamentales de aquellos a quienes debieron representar.
5- Debe existir una total transparencia en la gestión del turno de oficio, los colegiados tienen que tener a su disposición el número y tipología de asuntos que se turnan en guardias, de los telefonemas de as guardias y de las designas que se hacen fuera de las guardias etc… Que se hacen por el colegio.
Las cuestiones fundamentales relativas a la gestión del turno de oficio deberán ser sometidas a la consideración de los que prestan el servicio, mediante asambleas del turno de oficio en las que sólo los que presten el servicio tengan voz y voto.
6- No resulta aceptable que los colegios profesionales fomenten la competencia desleal entre sus colegiados, de modo que el colegio debe intervenir en aquellos supuestos en los que se hace competencia desleal y siempre actuar en defensa de sus colegiados.
7- La formación continuada debe ser siempre voluntaria. Los colegios de abogados deberán ofrecer una cuota no inferior al 50% de formación gratuita para sus colegiados y siempre deberán ofrecer una formación a precio asequible y razonable. La formación no puede ser el negocio, ni la gallina de los huevos de oro, responde a una necesidad de las personas y debe ser accesible a todos, así como como todos los colegiados deben tener la posibilidad de acceder a impartir formación y compartir sus conocimientos con el resto de compañeros.
Son muchas las reformas que necesitamos y estas son sólo algunas que considero de gran relevancia y someto a vuestra consideración.
Me someto a vuestras opiniones y consideraciones sobre mi ponencia y solicito que se introduzcan todas las modificaciones y propuestas de reforma que consideréis debamos debatir si son del agrado y se aprueban por la mayoría de los asistentes.

Un comentario sobre “La necesidad de reformar de forma integral el Estatuto General de la Abogacía Española

  1. Tipo de enmienda: Aplazamiento

    Justificación de la enmienda. (máximo 15 lineas): La redacción de un nuevo estatuto de la abogacía debe abordarse confeccionando una propuesta integral que contemple no sólo el texto vigente sino la propuesta actual del CGAE y coviene elaborar frente a ellas un texto alternativo que recoja los principios y propuestas ya aprobados en este congreso.
    Es preciso pues redactar un texto alternativo que oponer a los textos actualmente existentes y para ello hace falta un trabajo en común.

    Modificación que se propone.: Crear un grupo de trabajao que, con la participación de todos los compañeros y compañeras que lo deseen, elabore un nuevo Estatuto General de la Abogacía Española adoptando cuantas medias sean precisas para promover su aprobación por los órganos competentes.

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