Clasificación: Otro

Resumen (No puede superar diez lineas: Ante la desregulación de nuestra profesión, la abogacía institucional aparece con una función de control individual y colectiva representando un verdadero corsé para que la fuerza de los abogados de nuestro país que están en despachos individuales o pequeños despacho puedan hacer sus intereses ante la situación del sector y frente a los grandes bufetes de abogados y empresas que tratan de dominarlo.
Además la propia estructuración de las instituciones dificulta la participación y aleja la posibilidad de que la representación de esta abogacía pueda hacerse a nivel estatal, nivel en el que podrá ser efectiva la acción.
La alternativa para por superar la abogacía institucional mediante el movimiento asociativo, esta vez en un plano estatal.

Texto de la ponencia. (No más de 5000 caracteres): Somos cientos de miles de abogados y abogados. Un colectivo que sería no solo influyente sino decisivo en cualquier país, o en cualquier sociedad. Sin embargo, esto no es así.
La razón es que la fuerza de la abogacía está enconsertada por sus propias Instituciones.

Los Colegios de Abogados son los encargados en nuestro sistema administrativo de «controlar» la profesión. Se trata obviamente de una profesión regulada, con su propio Estatuto. Y sin embargo, asistimos a una auténtica ausencia de reglas: A una desregulación,
Ello es debido a dos factores, uno externo a nuestro sector, y otro interno.
El externo viene de la dudosa interpretación de las reglas de la competencia que realizan los organismos encargados de su control. Esto empuja a que nuestra profesión carezca de regulación, en cuanto a este importantísimo aspecto.
El interno viene desde los lobbies que ejercen los grandes y medianos despachos: Cuanto menos intervención se ejerza, los grandes podrán someter el mercado sobre los pequeños en tanto éstos no estén unidos o no tengan la protección institucional.
Porque hay que introducir en este discurso dos elementos:
Uno: nuestra profesión se contempla primordialmente como un negocio o como un mercado.
Dos: La mayor parte de los abogados pertenecen a pequeños despachos frente a los que pertenecen a grandes despachos o «empresas que ofrecen servicios jurídicos».

Por tanto, nos encontramos con una paradoja: Tenemos unos Colegios de Abogados encargados de controlar una profesión regulada que ha sido desregulada, por lo que esta función principal ha perdido su contenido.

¿Cuál es entonces la función de control de los Colegios de Abogados y de la Abogacía institucional?
El control de la acción individual y colectiva de los abogados.
Esto significa que por un lado, van ejercer una acción disciplinaria en el desempeño de la profesión de los abogados en aplicación del Estatuto y el Código Deontológico.
Y por otro, van a canalizar la manifestación de la voluntad de los abogados que solo puede llevarse a través de los Colegios y del resto de instituciones de mayor ámbito territorial que emanan de éstos.

¿Cómo se canaliza esa manifestación de voluntad?
En primer lugar, sabemos que los Colegios tienen sus órganos de gobiernos que son quienes toman las decisiones en nombre de todo el Colegio.
Si quieres participar en esas decisiones tienes que estar en esos órganos para lo cual has de pasar el filtro de unas elecciones.
Si quieres proponer medidas o acciones, dados los pocos cauces de participación existentes, o bien tendrás que esperar a las Juntas Generales con contadísimas convocatorias o bien proponer a las Juntas de Gobierno directamente o a través de las Comisiones que se hayan decidido crear, pero nunca vas a participar en la toma de decisiones a menos que hayas pasado el filtro electoral.
¿Garantiza esto que la abogacía mayoritaria pueda elevar sus propuestas y actuar en el marco de sus Colegios?
En segundo lugar, considerando la baja participación existente en los Colegios y la dificultad de pasar por el filtro electoral, ¿podemos considerar que la abogacía real está representada en sus Colegios de Abogados?

En tercer y último lugar, la Abogacía institucional está enormemente fragmentada por provincias y territorios menores (hay 57 colegios) y los órganos territoriales y el órgano nacional está conformado en su parte principal por los representantes de los Colegios que han pasado el aludido filtro electoral.
¿Es posible que la abogacía mayoritaria pueda llevar sus inquietudes y realidades hasta los órganos supraprovinciales?

En este contexto y en conclusión: ¿cómo es posible conformar la voluntad de la Abogacía mayoritaria a nivel estatal?

LAS ALTERNATIVAS:
Ante esta incapacidad de conformar una voluntad colectiva en la que contener todas las evidentes cuestiones que nos afectan a todos los abogados en todo el territorio nacional, necesitamos una alternativa.
Todos conocemos la gran labor que realizan o han realizado en muchos territorios y en sus Colegios las Asociaciones. Han sido en muchos casos revulsivos ante la inacción. Sin embargo, la fragmentación «provinciana» que nos da nuestra división colegial ha hecho que las acciones sean siempre provinciales, con más o menos coincidencias, pero siempre por Colegios y por provincias.
Tomando una buena enseñanza de este movimiento asociativo, esto ha de trasladarse al ámbito nacional.
Necesitamos aunar esa voluntad de la abogacía mayoritaria.
Necesitamos comunicar a la sociedad las necesidades y posicionamientos de esta abogacía mayoritaria.
Necesitamos incidir coordinadamente en todos los Colegios provinciales y de manera rotunda en los consejos autonómicos y en el general
Necesitamos actuar en bloque.
Necesitamos una asociación a nivel estatal de esta abogacía mayoritaria e independiente (la de los abogados individuales y de pequeños despachos).

Propuesta de acuerdo: CREACIÓN DE UNA ASOCIACIÓN QUE REPRESENTARÁ A LOS ABOGADOS INDIVIDUALES Y DE PEQUEÑOS DESPACHOS Y TRANSMITIERA SUS REIVINDICACIONES, COORDINARA SUS ACCIONES Y LES HICIERA PARTICIPAR EN LAS INSTITUCIONES E INFLUIR EN LA SOCIEDAD.

Un comentario sobre “LA SUPERACIÓN DE LA ABOGACÍA INSTITUCIONAL

  1. Justificación de la enmienda. (máximo 15 lineas): ALGUNAS PONENCIAS ESTÁN MUY RELACIONADAS E INCLUSO INCLUIDAS TOTAL O PARCIALMENTE EN OTRAS CON LO QUE CONVENDRÍA DEBATIRLAS CONJUNTAMENTE PARA EVITAR DOBLES VOTACIONES, CUYO RESULTADO PODRÍA SER DISTINTO

    – La creación de un lobby de abogados que defienda nuestros intereses y tenga influencia en la sociedad etc, aparece en la ponencia 4 del bloque de Precarización (aunque en ésta se limita a Madrid) y en la 13 y 17 del bloque Otras ponencias, si bien en esta última parece se refiere su autor a movilizar a los ICAS para que éstos sean un lobby. Juntaría las 3 ponencias en una sola para debatir si el acuerdo es la creación de una asociación que actúe como lobby y/o que se movilice a los ICAS para que sean un lobby.

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