Clasificación: Precarización

Resumen (No puede superar diez lineas: Debemos reivindicar mejoras desde el punto de vista económico, fiscal, de previsión social y laboral en el ejercicio de nuestra profesión, no solo en beneficio nuestro sino también de los clientes.

Texto de la ponencia. (No más de 5000 caracteres): A pesar de la enorme crisis económica desde 2008, que ha influido en el ejercicio de nuestra profesión en cuanto a la cantidad de trabajo, reduciéndolo (no la calidad) y que hemos tenido que adaptarnos a los cambios en nuestro sector, teniendo que realizar inversiones y cumplir nuevas obligaciones (inscripciones en registros, protección de datos, prevención blanqueo de capitales, etc), lo cierto es que somos un colectivo al que las administraciones no conceden ayudas ni prestan atención para facilitar el inicio y mantenimiento en la actividad, la apertura del primer despacho, etc,
Debe reconocerse a la Abogacía la importante función social que cumple y el papel que la propia Constitución le atribuye (arts. 17, 24 y 36 CE), lo que le hace merecedora de una especial consideración y respeto, por otra parte ganado con el esfuerzo y trabajo diario de todos los letrados y las letradas.
En este sentido, entre otras reivindicaciones, siendo el derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva un derecho fundamental previsto en la Constitución, los servicios jurídicos prestados en relación a dichos derechos deberían quedar exentos de IVA (al igual que lo están los servicios médicos, dentistas, psicólogos, etc) o, en su defecto, sujetos al tipo reducido de IVA, al menos cuando el destinarlo es persona física (pues ésta no se lo puede deducir, a diferencia de las empresas) y cuando se trata de servicios en el marco de un proceso judicial (pues entonces estamos ante un derecho fundamental)
Por otra parte, siendo el sistema de previsión profesional de la Mutualidad de la Abogacía y de AlterMutua alternativos al RETA, no debería perderse lo cotizado en este último si se pasa de éste a aquéllos.

En el ámbito laboral, sin perjuicio de lo indicado en la propuesta 1 (derecho a conciliación personal, familiar y profesional y a desconexión digital) debe promoverse la contratación laboral de los jóvenes abogados, imponiéndose las sanciones oportunas ante situaciones irregulares como las que de hecho existen, pues hay compañeros que están desarrollando la denominada “pasantía”, práctica carente de regulación, o trabajando bajo una modalidad de colaboración o de “falso autónomo”, a pesar de concurrir las notas características de la relación laboral por cuenta ajena. Asimismo, deben adoptarse todas aquellas actuaciones tendentes al reconocimiento para nuestro sector de unos derechos y condiciones de trabajo que mejoren las previsiones del Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, pues no es de recibo que la mejora de las condiciones de trabajo en otros sectores económicos, la promoción de algunas modalidades de contratación, con sus bonificaciones e incentivos fiscales, etc, no alcancen también al sector de la abogacía, en el que el carácter especial de la relación laboral parece perjudicar a sus destinatarios, sin que exista razón para ello. Por último, debe promoverse la negociación de un convenio colectivo a nivel nacional en el que se reconozcan unos derechos laborales y profesionales para el abogado, tales como: derecho a percibir una retribución digna, acorde con su preparación académica, experiencia, aptitudes y capacidades; derecho al descanso y a tener unos horarios laborales racionales y que permitan conciliar la vida profesional con la personal y familiar, siendo extraordinarias las horas que excedan de 8 horas al día de trabajo, que deberán ser debidamente retribuidas; derecho a disfrutar de vacaciones retribuidas durante al menos 30 días al año; derecho a percibir prestaciones asistenciales y a disfrutar de permisos retribuidos y excedencias en los mismos casos que otros trabajadores; y derecho-deber de formarse continuamente y a que se le facilite formación adecuada, con flexibilidad horaria y ayudas económicas para ello.

Propuesta de acuerdo: Debemos reivindicar mejoras desde el punto de vista económico, fiscal, de previsión social y laboral en el ejercicio de nuestra profesión:
– Posibles mejoras desde el punto de vista económico o fiscal o de previsión social: como la exención o reducción del IVA jurídico (al menos por servicios ante juzgados y para personas físicas, que no se desgravan) y la posibilidad de pasar del RETA a Mutua sin perder lo cotizado en el RETA;
– Posibles mejoras desde el punto de vista laboral: respuesta ante situaciones irregulares (pasantía, falsos autónomos, etc), impulso de convenio colectivo y desarrollo de la relación laboral especial, medidas para conciliación familiar y suspensión de actuaciones procesales ante determinadas situaciones y derecho a desconexión digital.

Un comentario sobre “MEJORAS ECONÓMICAS Y EN MATERIA LABORAL PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN

  1. Justificación de la enmienda. (máximo 15 lineas): TENIENDO EN CUENTA EL CONTENIDO DE ALGUNAS PONENCIAS, CONSIDERO DEBEN INCLUIRSE EN UN BLOQUE DISTINTO DEL ATRIBUIDO

    – De mantenerse la ponencia 3 del bloque Turno de Oficio, que se refiere a la reducción del IVA en los servicios jurídicos, cuestión que se trata de forma más extensa en la propuesta del párrafo 1 de la ponencia 3 del bloque de Precarización (y por eso propongo la supresión de aquélla), podría tratarse junto a la ponencia 19 del bloque Otras ponencias, que trata sobre fiscalidad de la Abogacía

    Me gusta

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s