Clasificación: Otro

Resumen (No puede superar diez lineas: Sería deseable que CGAE no fuera un mero órgano representativo coordinador de los 83 Colegios de Abogados sino que efectivamente representara a toda la Abogacía y velara por los derechos de los colegiados, amparándoles frente a los poderes públicos y frente a los propios Colegios, para el caso de que éstos no cumplieran sus funciones y obligaciones con respecto a sus colegiados.

Texto de la ponencia. (No más de 5000 caracteres): Es conocido el desapego generalizado de los que ejercemos la Abogacía a nuestros Colegios de Abogados y al Consejo General de la Abogacía, órgano desconocido incluso por muchos colegiados. Ello es debido, en general, tanto a la falta de participación por los abogados en la actividad de los Colegios y todo lo que tenga que ver con la profesión, proliferando el individualismo, como a la falta de transparencia y de apertura por las Juntas de Gobierno, que mantienen su actividad entre el reducido grupo de miembros y suelen considerar como crítica a su labor cualquier propuesta que venga de fuera de ese grupo.
En el caso de CGAE ese desapego es mayor pues realmente es un Consejo de Colegios de Abogados, cuyos consejeros son los 83 Decanos/as de los respectivos Colegios, los presidentes de los Consejos Autonómicos, el presidente de la Mutualidad y de CEAJ (éste sin voto) así como otros 12 Consejeros elegidos por aquéllos y que suelen ser ex Decanos/as o miembros de Juntas de Gobierno, manteniendo algunos durante décadas en esos cargos. Sus decisiones solo son públicas si así lo acuerdan y sus actividades se realizan a través de Comisiones a las que, en general, solo acceden miembros de Juntas de Gobierno, siendo en algunos casos solo el/la Decano/a.
Sería deseable que CGAE no fuera un mero órgano representativo coordinador de los 83 Colegios de Abogados sino que efectivamente representara a toda la Abogacía y velara por los derechos de los colegiados, amparándoles frente a los poderes públicos y frente a los propios Colegios, para el caso de que éstos no cumplieran sus funciones y obligaciones con respecto a sus colegiados.
Por otra parte, CGAE no debería limitarse a hacer alegaciones respecto a proyectos normativos que les remita el Gobierno o el Congreso sino que debería mantener una posición proactiva y desarrollar y promover ex novo reformas e iniciativas legislativas que afecten al ejercicio de la profesión y/o a la administración de justicia, sometiéndolas a los partidos políticos, grupos parlamentarios, Gobierno y agentes sociales, y velando por su aprobación con la correspondiente memoria económica y estimación presupuestaria.

Propuesta de acuerdo: Se proponen los siguientes cambios en cuanto a la designación y funcionamiento de CGAE:
-Elección de los miembros de CGAE por todos los abogados y abogadas en ejercicio estando limitada la duración máxima de los cargos a dos mandatos de 4 años.
– Publicidad inmediata de los acuerdos del Pleno de CGAE y de los proyectos e informes en que se esté trabajando, pudiéndose presentar por cualquier abogado alegaciones y propuestas dentro del plazo que se determine por la Comisión encargada.
– Rendición de cuentas y gastos trimestralmente, con acceso a los datos más relevantes a través de la propia web de CGAE.

Asimismo, CGAE debería intervenir activamente en los procesos de creación y modificación de normas que afectan al ejercicio de nuestra profesión y a la administración de justicia, luchando por que se reconozca a la abogacía su papel imprescindible en dicho marco y se le dispense un trato respetuoso, e instar las iniciativas y/o modificaciones legislativas oportunas tendentes a la mejora de la justicia y de nuestra profesión, intentando llevar la iniciativa y adelantarnos a reformas que nos intenten venir impuestas, exigiendo cuenten con memoria económica y estimación presupuestaria aprobadazas.

CGAE y los Colegios deben velar por la transparencia y control colegial en la elaboración de los listados de letrados para ser nombrados contador-partidor, mediador o administrador concursal, instándose que el sorteo para la primera designación anual se haga no solo en presencia del LAJ (ex art. 341 LEC) sino también del secretario u otro miembro de Junta del Colegio de Abogados, levantándose acta del resultado del sorteo e indicándose el orden que se seguirá para los nombramientos y adjuntándose el listado de los inscritos y la validez anual de dicha lista, todo lo cual se remitirá por el Colegio de Abogados a sus colegiados inscritos en dichas listas y se publicará en su respectiva web; y velar por el control colegial del uso correcto de dichas listas por parte de los órganos judiciales y notarios, de forma que al final de cada año (o cada seis meses, según el volumen de los nombramientos) el Tribunal Superior de Justicia o Colegio Notarial respectivo remita al Colegio de Abogados un informe con los nombramientos realizados hasta la fecha, informe que será de acceso libre para los colegiados inscritos a fin de poder verificar el cumplimiento de las listas aprobadas.

Además, en materia laboral, CGAE debería:
-Informar a los abogados de los derechos que existen en materia laboral y promover la supresión de situaciones (pasantías, falsos autónomos…) que sufren muchos de nuestros compañeros en esta materia, velando por la dignificación de su trabajo.
-Promover la constitución de una representación patronal y de un sindicato de ámbito estatal entre los que sea posible la negociación de un Convenio Colectivo para la Abogacía de aplicación nacional.

2 comentarios sobre “ABOGACÍA INSTITUCIONAL MÁS REPRESENTATIVA, ABIERTA, TRANSPARENTE Y ACTIVA Y QUE VELE Y AMPARE LOS DERECHOS DE LOS COLEGIADOS

  1. Tipo de enmienda: Modificación

    Justificación de la enmienda. (máximo 15 lineas): ERROR TIPOGRÁFICO

    Modificación que se propone.: SUSTITUIR «APROBADAZAS» POR «APROBADAS»
    Al final del segundo párrafo de la propuesta de acuerdo, pone «exigiendo cuenten con memoria económica y estimación presupuestaria aprobadazas», cuando debería poner «aprobadas».

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  2. Tipo de enmienda: Modificación

    Justificación de la enmienda. (máximo 15 lineas): No veo que contemple las en mi opinión muy necesarias actuaciones/campañas pedagógicas por parte de las instituciones dirigidas a la sociedad, relativas a la necesidad de la abogacía de a pie, de la dignidad de la abogacía cercana, de la precarización que supone acudir a empresas lowcost

    Modificación que se propone.: Propongo que se debata sobre la necesidad de informar a la sociedad de la labor del abogado de a pie, del abogado cercano, de las consecuencias para el justiciable de acudir a las empresas de servicios jurídicos, de la uberización de la abogacía y de los derechos en juego cuando lo hacen. No todo es abaratar el coste de los servicios jurídicos

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