Qué queremos y cómo vamos a conseguirlo son las dos cuestiones que conviene dejar claras desde el principio.
Por lo que respecta a lo que queremos la Red de Abogados y Abogadas de España asume los postulados generales que en cuanto a la Justicia defiende desde hace años el movimiento #T; pero a ellos añade los principios propios para la defensa de la profesión de abogado. Cuídalos, no tenemos otros.
Los principios
- El ejercicio de la abogacia tiene como objetivo primero y primordial la defensa de los derechos ajenos. Una visión puramente empresarial del ejercicio profesional es incompatible con nuestra forma de entender la profesión.
- Quienes ejercen la abogacía tienen derecho a una retribución adecuada por sus servicios y esto es igualmente aplicable a la prestación de servicios en el Turno de Oficio.
- El ejercicio de la abogacía es libre y nadie podrá, nunca ni bajo ningún concepto, ser obligado a prestar sus servicios contra su voluntad. El derecho de un abogado a parar o ponerse en huelga debe ser respetado y deberá poder ser ejercido dentro de los más amplios límites.
- La independencia es a la abogacía lo que la imparcialidad a la judicatura: no existe verdadera abogacía si esta no es independiente. Los poderes públicos y en especial los juzgados y tribunales velarán porque los letrados puedan actuar siempre con la máxima independencia posible.
- Quienes ejercen la abogacía son, en el ejercicio de su profesión, absolutamente iguales en dignidad y categoría a cualquiera de las demás personas que desempeñan labores forenses, como, por ejemplo, jueces, magistrados, fiscales y letrados de la administración de justicia. La abogacía exigirá del resto de los operadores jurídicos un trato de estricta reciprocidad.